¿En qué consiste la aprobación de la Ley de Propiedad Intelectual? ¿En qué
te puede afectar? ¿Es realmente importante?
La ley fue aprobada a finales de 2014 sufriendo pocos cambios respecto a
la que el Gobierno propuso en Febrero y muestra una situación un poco oscura
para los medios online debido al conocido Canon AEDE. Mostraremos algunas cosas
que pueden afectar a los internautas, universidades y webs.
Se aprobaron las enmiendas con 172 votos de la mayoría de gobierno del
Partido Popular. Google dijo en un comunicado que estaba "decepcionado”.
El resultado de la votación fue de 172 votos a favor del gobernante
Partido Popular diputados , frente a 144 votos en contra de la oposición y 3
abstenciones , informó El País.
El gobierno español tiene ahora un año para llevar a cabo una reforma
completa de la ley de propiedad intelectual del país.
Cambios sobre las copias privadas.
Las copias privadas siempre han existido desde hace décadas,
consistiendo en la copia de una obra que se ha comprado en una tienda física y
se va a dar uso personal y sin ánimo de lucro.
¿Cómo se limita ahora esta acción?
Para proceder a realizar una copia este debe proceder de una obra a la
que se haya accedido legalmente desde "un soporte que contenga una
reproducción de la obra, autorizada por su titular, comercializado y adquirido
en propiedad por compraventa mercantil".
Es decir, si te descargas un disco, no entraría dentro del concepto
"copia privada" puesto que el archivo del que parte no es una
reproducción autorizada ni se ha adquirido en propiedad por compraventa
mercantil.
Más poder para la Sección Segunda
La Sección Segunda, ese órgano administrativo recibe más poderes para
actuar contra las páginas web que, facilitando la localización de obras sin
autorización y también contra los que
les dan servicio.
La Sección Segunda podrá ordenar la suspensión de servicios (pagos,
publicidad, etc.) y la suspensión de dominios decidiendo sin la necesidad de un
juez.
Con la reforma de la Ley se incrementan además las multas a las páginas
infractoras: al considerarse una sanción administrativa muy grave, la multa
oscilará entre 150.001 y 600.000 euros.
Los usuarios
No solo los administradores de páginas webs se ven afectados con esta
ley sino que también los usuarios de a pie.
Ahora también no solo podrán pedir a los proveedores de internet que
identifiquen a un usuario, sino que también podrá obligar a otros servicios
como de publicidad, pagos electrónicos...
De primeras no parece tampoco que los usuarios que descargan por P2P no deberían
verse afectados ya que se supone que haya "buena fe" y no tengan ánimo
de lucro.
Las universidades
Hasta ahora, los profesores podían ofrecer a sus alumnos fragmentos de
obras ya divulgadas siempre que no fueran libros de texto, que fuera "con
fines docentes o de investigación" e "indicando la fuente y el nombre
del autor de la obra utilizada" sin necesidad de la autorización del
autor. Sólo se contemplaba la necesidad de pagar un canon si se hacían
"recopilaciones de artículos periodísticos que consistan básicamente en su
mera reproducción y dicha actividad se realice con fines comerciales".
Con esta nueva ley esto cambia ya que si podrán seguir realizando esto
siempre que las universidades paguen un canon irrenunciable.
Esto tan solo es una introducción para una posterior remodelación con
nuevas restricciones.